
Póliza De Accidentes Personales
La póliza de Accidentes Personales, lo protege en caso de sufrir algún hecho accidental que le cause la muerte o una incapacidad que le impida continuar laborando.
Costo prima mensual $ 3.000
* La compañía de seguros, únicamente realizará la indemnización de la póliza, siempre y cuando se demuestre que fue un hecho accidental.
¿Quién Es Él Beneficiario?
A excepción de los amparos de gastos médicos y hospitalarios donde el beneficiario será el tomador o el asegurado, siempre y cuando acredite haber efectuado los pagos ocasionados por el costo del accidente.
Mediante autorización previa, estos valores podrán ser pagados directamente al hospital, clínica o médicos que atendieron al asegurado.
Para Tener en Cuenta
Reclamaciones
Los pagos correspondientes a las indemnizaciones de que trata la póliza, serán hechos por La Equidad después de recibir y aprobar la documentación completa, incluyendo las pruebas legales y médicas relativas al accidente.
Aviso de Accidente
El asegurado o el beneficiario estarán obligados a dar noticia a La Equidad de la ocurrencia del siniestro, dentro de los (3) día siguientes a la fecha en que lo hayan conocido o debido conocer. Este término podrá ampliarse, mas no reducirse por las partes.
PÓLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES
Nuestra Cobertura
Muerte accidental.
Indemnización
$ 5.000.000
En caso de muerte accidental se otorgará un auxilio funerario
Indemnización
$ 1.000.000
Costo prima mensual $ 3.000
* La compañía de seguros, únicamente realizará la indemnización de la póliza, siempre y cuando se demuestre que fue un hecho accidental.
Exclusiones
Póliza de accidentes personales
Cualquier enfermedad corporal o mental y las consecuencias de tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean motivados por accidentes amparados en la presente póliza.
Los accidentes ocasionados por ataques cardíacos, epilépticos o síncopes y los que se produzcan como consecuencia del estado de embriaguez o mientras el asegurado se encuentre bajo la influencia de drogas tóxicas o alucinógenas, en estado de sonambulismo o de anomalía psíquica, no producida por el accidente amparado.
Suicidio o tentativa de suicidio o lesión intencionalmente causada a si mismo ya sea en estado de cordura o demencia.
Homicidio o lesiones causadas directamente por otra persona con excepción de la tentativa de hurto.
Accidentes que el asegurado sufra mientras preste el servicio militar en cualquier de las fuerzas armadas o los que le ocurran directa o indirectamente, próxima o remotamente como consecuencia de actos de guerra, rebelión, motín, asonada, sedición, perturbación del orden público, insurrección, huelga legalmente declarada o no, o los que le sobrevengan si infringe las leyes o decretos relativos a la seguridad de las personas, así como los provocados por cualquier otro acto notoriamente peligroso que no este justificado por ninguna necesidad de su profesión.
Accidentes producidos directamente o indirectamente, próxima o remotamente, por fisión o fusión nuclear de radiactividad.
Accidentes producidos por terremoto, erupción volcánica, marejada, inundación, huracán y en general todo fenómeno de la naturaleza de carácter catastrófico.
Accidentes que sobrevengan por la participación del asegurado en eventos de reconocida y alta peligrosidad, como carreras de automóviles, toreo, alpinismo, pesca submarina, competencias o entrenamientos de velocidad o habilidad en vehículos, naves aeronaves o caballos.
Política De Cumplimiento
Toda reclamación de indemnización por concepto de un accidente prescribe de acuerdo con las normas legales vigentes.
En caso de que la reclamación y/o los documentos presentados para sustentarlos fuesen en alguna forma fraudulentos, o si, en apoyo de ellas se utilizan medios o documentos engañosos o dolosos, o si el siniestro fuere causado voluntariamente por el asegurado o con su complicidad o por su culpa grave o inexcusable, se perderá todo derecho a indemnización bajo la presente póliza.
te asesoramos
Escríbenos o Llámanos
Encuentranos en nuestros puntos autorizados.

